El debate abierto en España, respecto la financiación autonómica, tras las reformas estatutarias culminadas entre 2005 y 2007, pone de manifiesto una acentuación del carácter federal del Estado, ya que por primera vez se asiste dentro de todas las formaciones políticas de ámbito nacional a un debate centro-periferia, o a una tensión entre la agenda politica autonómica, con la agenda política federal o estatal.

Fruto de nuestra falta de experiencia federal, se está provocando un debate absurdo entre quienes se enrocan en posiciones de ferrea defensa de una homogeneidad en las políticas de las 17 CCAA y aquellos que demandan que la autonomía significa un espacio intocable de competencia y prestación de servicios, en la que aquello que recaudo en mi territorio lo gasto yo, lo cierto es que ni una postura ni la otra están en lo cierto y a la vez ambas presentan elementos acertados de diagnóstico.

Por un lado es lógico y la Constitución lo proclama (artículo 149.1.1º) que tiene que existir un mínimo común denominador en derechos y obligaciones para todos los ciudadanos del Estado, por otro lado autonomía significa la capacidad de prestar servicios o garantizar derechos de manera particularizada y adaptada a las particularidades de cada territorio, de hecho la existencia de políticas públicas territorializadas y no homogeneas desarrolladas por las CCAA o las EELL en su ámbito de competencia ha sido avalado por el Tribunal Constitucional.

Esta tensión a nivel financiero supone que las CCAA, para poder tener gobernabilidad (entendida como la capacidad del Gobierno de dar respuestas a las demandas ciudadanas) tienen que tener financiación suficiente para desarrollar sus políticas propias, pero también tienen que tener financiación suficiente para evitar desestructuración territorial y la existencia de espacios de desigualdad como por ejemplo sucede en Italia, dado que los nuevos Estatutos consolidan transferencias que desde 1992 han sido traspasadas por el Estado a las CCAA, los gobiernos exigen respaldo financiero para desarrollarlas.

Si atendemos a lo que sucede fuera de España donde existen multitud de Estados Federales, similares a nuestro Estado de las Autonomías, el proceso de resolución de este tipo de conflictos, principalmente relacionados con la financiación, se ha basado en el desarrollo de una práctica que Roberto destacaba en su blog, con su denominación alemana, el bundestreue, es decir la lealtad federal, vamos a ver algunos casos:

Bundestreue

 

I. ESTADOS UNIDOS.

El federalismo estadounidense se basó tradicionalmente en la existencia de dos niveles de gobierno, federal y estatal y la no injerencia de uno sobre otro, el desarrollo del New Deal de Roossevelt coincidente con el nacimiento de las relaciones intergubernamentales generó en determinados ámbitos de actuación política (infraestructuras, asistencia social, sanidad y educación) la necesidad de equilibrar el desarrollo específico de cada Estado, con la cohesión de la federación, para ello los diversos conflictos que surgieron entre el centro y la periferia se resolvieron con el reconocimiento y desarrollo jurisprudencial por parte del Tribunal Supremo federal, del concepto de “federalismo cooperativo” que obligaba a la federación a garantizar a los Estados recursos financieros suficientes para ejerecer su autogobierno y éstos a su vez se obligaban a contribuir al bienestar del país compartiendo su riqueza.

II. CANADÁ.

En Canadá al igual que en los Estados Unidos el principio se ha desarrollado por los diferentes Tribunales, en la práctica de resolución de conflictos entre las Provincias y el Gobierno Federal durante el desarrollo del Estado del Bienestar y principalmente a la hora de articular las relaciones entre la federación y la provincia de Québec.

III. ALEMANIA.

El sistema federal alemán por su parte ha reconocido el principio de la bundestreue, sobre la base de su desarrollo consuetudinario en la práctica política y la jurisprudencia constitucional. En Alemania la lealtad federal tiene dos dimensiones, por un lado el respeto obligado que los länder tienen que prestar a la normativa federal garante de la igualdad mínima entre los ciudadanos, de otro, la federación no puede imponer políticas sin escuchar y hacer partícipes a los diferentes länder, para ello se estimulan los órganos de cooperación bilateral, pero sobre todo multilateral.

IV. AUSTRIA.

El principio de lealtad federal tal y como se entiende en Alemania, se reproduce en el modelo federal Austriaco. En ambos casos el desarrollo de la lealtad federal se ha vinculado a la implementación del Estado del Bienestar tras la II Guerra Mundial.

V. SUIZA.

La Confederación Helvética ha reconocido la lealtad federal en su Constitución en 1999, sobre la base de 4 principios :

1.       La Confederación tiene la prohibición de delegar competencias a los Cantones, si éstos carecen de recursos económicos suficientes para asumirlas.

2.       Los Cantones no pueden conformar relaciones entre ellos con el objetivo de alterar los equilibrios y para presionar al gobierno federal.

3.       Las relaciones de los Cantones con el Gobierno Suizo se fundan en la confianza cooperativa y la visión de conjunto.

4.       El gobierno federal tiene la obligación de informar y consultar a los Cantones, antes de tramitar cualquier iniciativa legislativa y presupuestaria.   

 

España, por tanto no es una excepción, el debate en torno a como se estructura la relación entre los territorios y el gobierno central se da a medida que se desarrolla el Estado del Bienestar (y por tanto se centra en la distribución de los recursos entre los territorios) y tal y como sucede en Canadá, se produce por la existencia de regiones con una situación identitaria específica. Además tal y como sucede en los países indicados, estas tensiones afectan a la unidad y lealtad partidista de los gobiernos regionales, ya que la autonomía tiene una dimensión política que genera agendas y dinámicas políticas propias en cada territorio, que a veces entran en conflicto con el gobierno del Estado, del mismo color político.

 

Sin embargo al final, en EEUU, Canadá o Alemania, el Partido Demócrata, el Liberal o los Socialdemócratas ni los Republicanos, Conservadores o Democratacristianos, se rompen cada vez que hay este tipo de tensiones, antes al contrario el sistema político federal experimenta un debate, del cual suele salir fortalecido, la diferencia entre estos países y España se basa por un lado en que en todos ellos prima una visión multilateralista y de conjunto (no excluyente de las relaciones bilaterales, mientras que en España la multilateralidad es la excepción) y de otro existe un Senado Federal en la que los Estados, länder, Provincias o Cantones, participan como tales en la conformación de las leyes (por tanto también en el presupuesto) y de la voluntad federal (en España el Senado no es territorial).

 

Por ello en España no hay que preocuparse y hay que ver este debate como algo normal que si consigue reforzar los mecanismos multilaterales e impulsar la reforma del Senado, fortalecerá nuestro sistema autonómico.